El Consejo de Gobierno aprueba el calendario de fiestas laborales en Andalucía para 2027

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se determina el calendario de fiestas laborales en Andalucía correspondiente al año 2027, que establece doce festividades de ámbito nacional y autonómico con carácter retribuido y no recuperable. A estos doce días, se han de añadir dos de carácter local a propuesta de cada municipio.

Así, de acuerdo con las facultades que tiene atribuidas la comunidad autónoma, para 2027 se establecen como días festivos, coincidiendo con festivos nacionales, el 6 de enero, Epifanía del Señor, y el 25 de marzo, Jueves Santo, por ser festividades tradicionales en la región, además del 28 de febrero, Día de Andalucía.

A estos días elegidos como fiestas de ámbito autonómico, se añaden las fiestas de ámbito nacional correspondientes a Año Nuevo, 1 de enero; Viernes Santo, 26 de marzo; Fiesta del Trabajo, 1 de mayo; Día de la Asunción de la Virgen, 15 de agosto; Fiesta Nacional de España, 12 de octubre; Día de Todos los Santos, 1 de noviembre; Día de la Constitución, 6 de diciembre; Día de la Inmaculada, 8 de diciembre, y Día de la Natividad del Señor, 25 de diciembre.

Para 2027, las fiestas correspondientes a los días 28 de febrero, Día de Andalucía, y 15 de agosto, Asunción de la Virgen, por coincidir ambas con domingo, se trasladan al lunes inmediato posterior, es decir, a los días 1 de marzo y 16 de agosto, respectivamente.

Un trabajador consulta documentación en una carpeta clasificadora.

De este modo, la relación de días festivos en Andalucía para 2027 queda como sigue:

1 de enero (viernes), Año Nuevo.
6 de enero (miércoles), Epifanía del Señor.
1 de marzo (lunes), Día de Andalucía.
25 de marzo, Jueves Santo.
26 de marzo, Viernes Santo.
1 de mayo (sábado), Fiesta del Trabajo.
16 de agosto (lunes), Asunción de la Virgen.
12 de octubre (martes), Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre (lunes), Todos los Santos.
6 de diciembre (lunes), Día de la Constitución Española.
8 de diciembre (miércoles), Día de la Inmaculada Concepción.
25 de diciembre (sábado), Día de la Natividad del Señor.

A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación del decreto que establece el calendario laboral 2027 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Fuente: Junta de Andalucía

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